Tenemos el honor de presentarle la Sociedad Profesional de Peritos Judiciales “AUDITORES, ADMINISTRADORES CONCURSALES Y PERITOS, S. L. P.”, (AACP, S.L.P.).
Asimismo, la Ley 2/2007, de 15 de Marzo Ley de Sociedades Profesionales, permite a AACP, S.L.P. como sociedad interdisciplinar estar colegiada y ser miembro de los disitintos Colegios Profesionales y Corporaciones de Derecho Público, correspondientes a la titulación de sus socios.
La Sociedad nace con la vocación y convencimiento de poder prestar un importante servicio a la Administración de Justicia, y en particular a los Sres. Letrados representantes de las partes en los procedimientos judiciales.
La promulgación de la nueva Ley 1/2000, de 7 de Enero, Ley de Enjuiciamiento Civil, en particular lo previsto en los artículos nº 336, 337 y siguientes, sobre EL DICTAMEN DE PERITOS, ha modificado sustancialmente el procedimiento, pues permite a los litigantes que dispongan de dictámenes elaborados por peritos por ellos designados, que podrán aportar con la Demanda o la contestación a la Demanda.
La opinión técnica e imparcial de los peritos auditores de cuentas, en materia económica, financiera, tributaria y contable, crea sin duda una nueva situación en el procedimiento, que aporta conocimientos técnicos independientes al letrado, en la presentación /no presentación de la Demanda, contestación / allanamiento a la misma, que puede ser muy importante en la toma de decisiones en cualquier procedimiento.
La Sociedad de Peritos Judiciales AACP, S. L. P., está formada hasta la fecha por CATORCE auditores de cuentas ejercientes en la provincia de Málaga, que cuentan con una amplia formación, conocimientos, técnica y experiencia, que garantizan la elaboración de los dictámenes periciales con la precisión, profundidad y calidad necesarias para ser incorporados en todo procedimiento judicial.
Además, la Sociedad, somete obligatoriamente todos los Informes Periciales, a un COMITÉ DE REVISIÓN INTERNO, (que respetando la opinión del perito), garantice se ha cumplido la metodología y normas técnicas en la elaboración de Informes Periciales, en definitiva, la calidad de los mismos.
Está previsto que la Sociedad tenga presencia en los dos próximos años en aproximadamente QUINCE provincias españolas.
Los Sres. Letrados o las partes en un procedimiento judicial, pueden contratar con la Sociedad, a través de cualquiera de sus socios, que serán los peritos auditores que realizarán los informes periciales encargados, en nombre de la sociedad.
Cuando los Sres. Letrados, o las partes en un procedimiento judicial, contacten directamente con la Sociedad para el encargo de un informe pericial, ésta designará por riguroso orden de turno el socio perito auditor que realizará el trabajo.
Por los motivos indicados, la Sociedad AACP, S. L. P. pone a disposición de todos los letrados de los distintos Iltres. Colegios de Abogados de España, los servicios profesionales a través de sus socios, peritos / auditores-profesores mercantiles- economistas/independientes, cuando en su opinión necesiten incorporar un Informe Pericial a los procedimientos judiciales, en los que en representación de las partes intervengan
Agradeciéndoles la atención prestada a esta carta presentación de la Sociedad AUDITORES, ADMINISTRADORES CONCURSALES Y PERITOS S. L. P., les reiteramos el testimonio de nuestra más alta consideración y respeto.
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